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VISAS
V |
| La
ley "Legal Immigration and Family Equity Act" (LIFE) permite que
los esposos (as) e hijos(as) de Residentes Permanentes (LPR) ingresen a
los Estados Unidos con una visa de No-inmigrante. Las categorías
de visas de no-inmigrantes V fueron creadas para reunir a las familias que
se encuentran separadas mientras esperan que sus peticiones sean aprobadas
bajo la categoría preferencial (F2A). Las personas que poseen visas
V se les permite que entren, salgan y residan en los Estados Unidos mientras
su visas de inmigrantes son elegibles.
¿Quiénes son elegibles para una visa V? Esposas (os), hijos (as) menores de 21 años de Residentes Permanentes. Podrán aplicar bajo estas condiciones:
¿Qué es la fecha de prioridad? La fecha de prioridad es cuando el Departamento de Seguridad recibió la petición. Usted deberá de llamar al Departamento de Estado al (202) 663-1541 para chequear el avance de las fechas de prioridad. ¿Cómo podré saber si los miembros de mi familia son elegibles para visas V? El Centro Nacional de Visas (NVC) les enviará una carta a aquellos aplicantes potenciales para una visa “V” para contactarse con el Consulado en Honduras. Usted puede conseguir la información de cómo puede obtener una cita de entrevista. Cuando se comunique con el Consulado o la Embajada, usted deberá tener la siguiente información:
¿Cómo sabe la Embajada o el Consulado que usted es elegible para una visa V? El nombre del aplicante aparece en la base de datos computarizado del Departamento de Estado. Si usted no aparece en el sistema, significa que usted no esta elegible para una visa V, entonces usted necesita finalizar el proceso de petición basado en la categoría preferencial (F2A). ¿Qué pasa cuando el aplicante es elegible para visa V? Si usted es elegible para aplicar para su visa V, usted deberá comunicarse con el Consulado Americano para que usted pueda solicitar una cita para la entrevista. El paquete de instrucciones será enviado a usted y al peticionario. ¿Será la visa otorgada el mismo día de la entrevista? Solamente si usted es encontrado o encontrada elegible para una visa y ha presentado todos los requisitos la visa será otorgada el mismo día de la entrevista. La visa es válida para diez años y usted podrá entrar y salir hacia los Estados Unidos sin ningún inconveniente. A los niños (as) se les otorga una visa con una validez de diez años o hasta que cumpla su vigésimo primer cumpleaños. Pago para la visa V: Para la aplicación a este tipo de visa la cantidad es de $100.00. Nota: El pago es sujeto a cambio en cualquier momento. ¿Qué pasa si mi hijo(a) cumple su vigésimo primer aniversario y posee una visa V? Solamente los hijos(as) son elegibles para visa V cuando son menores a 21 años. Si el o ella cumple su vigésimo primer aniversario antes de que la visa sea otorgada, el/ella pierde su derecho a un status de visa V. Si su hijo(a) esta en los Estados Unidos, usted deberá contactar el Departamento de Seguridad Interna (DHS) para mayor información. ¿Cuál es la diferencia entre la visa V y la visa de Inmigrante? La visa V es una visa de no-inmigrante y es válida para un período de diez años. Esto le permitirá entrar y salir hacía los Estados Unidos. También podrá estudiar y trabajar legalmente. Durante este período el aplicante deberá adjudicar estatus con el DHS dentro de los Estados Unidos. La visa de Inmigrante le permite salir de Honduras como Residente Permanente legal (LPR). ¿Puede la persona trabajar con su visa V? Las personas que poseen visa V pueden aplicar para una autorización de trabajo una vez que están en los Estados Unidos. Usted deberá contactar DHS una vez que ingrese a los Estados Unidos para mayor información. ¿Cómo puedo aplicar para el Seguro Social? Antes de que su esposo (a) e hijos (as) ingresen a los Estados Unidos, usted puede ayudarles a aplicar para la Tarjeta del Seguro Social. Para conocer mas sobre el proceso, favor visite la página Social Security Administration. Para mayor información, favor visite la página del Departamento de Estado.
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